Comunicación

Baja médica por protocolo COVID19

Dadas las circunstancias actuales, creemos necesario facilitaros la siguiente información. Cuando a una persona se le tramita una baja por protocolo COVID-19, el servicio de tramitación de nóminas y seguros sociales de la entidad comprueba con la Seguridad Social si el médico y centro de salud, ha tramitado la baja por protocolo COVID-19 o como enfermedad común habitual. Si realmente se ha tramitado como una baja por protocolo tiene la equiparación a baja por accidente, es decir, el primer día va a cargo de la empresa; y a partir del segundo día se percibe el 75% de la base reguladora. En nuestro caso, además, sí se trata de baja por accidente el convenio colectivo propio, complementa el 100% de la Base Reguladora.

Por lo tanto, en caso de baja por protocolo COVID-19, y siempre y cuando el centro de salud la tramite de forma correcta con la Seguridad Social, se percibirá el 100% de la base reguladora.

Deixa un comentari